25/9/21

Reino Visigodo de la Península Ibérica




Origen. Las invasiones bárbaras.
Durante el siglo V (año 409) se produce la descomposición del dominio
romano en la Península. Hispania sufre las invasiones de pueblos germánicos -suevos, vándalos y alanos- que después de saquear y destruir el país se quedaron en él. El gobierno central romano incapaz de hacer frente a estas invasiones, pactó los servicios de otro pueblo germánico, los visigodos, para que liberasen Hispania de los invasores. Los visigodos tras expulsar a vándalos y alanos y confinar a los suevos en Galicia, se asentaron en Hispania y sur de la Galia, con capital en Tolosa. 
En el año 476 al desaparecer el Imperio Romano, el reino visigodo se extendía del Loira al Tajo, alcanzando su total independencia. Cuando los francos derrotan a los visigodos en Vouillé (507), éstos deciden trasladarse a Hispania y asentar su capital en Toledo definitivamente. 
Esta etapa significa la transición de la Antigüedad a la Edad Media. 
Los suevos y los bizantinos fueron sometidos entre el siglo VI y VII consiguiendo la creación de una unidad política: la España visigoda.

Organización política. Las Instituciones. Los concilios.

Para que el Estado visigodo se consolidase es necesario aglutinar a godos e hispanorromanos, lo hacen a través de 
  • La Monarquía, se debate entre su inicial carácter hereditario y la configuración electiva a partir del III Concilio de Toledo. Un estado centralizado, al frente un rey, elegido de entre los nobles godos (monarquía electiva). Este sistema de transmisión del poder real por elección es un foco de continuos enfrentamientos y revueltas.
  • Instituciones sólidas como  el Aula Regia órgano asesor del monarca visigodo, formada por la nobleza visigótica, altos funcionarios aristócratas y clérigos; 
  • Unas mismas leyes:  El sistema legislativo visigodo, de tradición oral, encuentra su primera concreción escrita en el Código de Aurico. La unificación legislativa para todas las personas de Hispania Visigoda llega en el 654 con el Liber Iudiciorum (Fuero Juzgo) promulgado bajo el reinado de Recesvinto. 
  • Una misma religión. Los visigodos eran  arrianos cuando se establecen en Hispania,  ante la imposibilidad de establecer esta religión en todo el territorio, Recaredo I se convierte al catolicismo en el III Concilio de Toledo (589), y con él todos los godos. Desde ese momento, la Iglesia católica hispánica adquiere un carácter unitario, se somete al poder político, colabora estrechamente con los monarcas visigodos y adquiere un enorme poder e influencia a través de los Concilios de Toledo (instituciones o asambleas de carácter eclesiástico, pero también político y jurídico, cuyos conclusiones eran hechas leyes por los reyes). Los obispos colaboraron en la dirección del reino y en la solución a los problemas políticos y religiosos. Esta colaboración tuvo su manifestación principal en los concilios de Toledo.
  •  La Iglesia es la depositaria y transmisora de la cultura latina. Los eclesiásticos controlan la cultura y la enseñanza de las letras, entre estos destaca la figura de Isidoro de Sevilla, autor de las Etimologías, una recopilación enciclopédica de todas las ramas del saber de la época, que tendrá una gran influencia en la cultura medieval posterior. El arte visigodo, ejemplo de arte prerrománico en Europa, se concreta en la construcción de pequeñas iglesias rurales, como la de San Juan de Baños (Palencia), caracterizadas por el empleo del arco de herradura y los capiteles tallados con escenas bíblicas; también sobresale la orfebrería (coronas votivas del tesoro de Guarrazar en Toledo).

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